Conceptos básicos 3 min. de lectura

Delegado de Protección de Datos

En resumen

La persona, interna o externa, que supervisa el cumplimiento del RGPD dentro de una organización, obligatoria solo en determinados casos.

El Delegado de Protección de Datos (DPO, por sus siglas en inglés) es la persona, interna o externa a la organización, que supervisa el cumplimiento del RGPD y actúa como punto de contacto con la AEPD y con las personas interesadas. Se regula en los artículos 37 a 39 del RGPD.

Cuándo es obligatorio nombrarlo

Situación Obligatoriedad
Administraciones públicas Siempre obligatorio, salvo excepciones muy concretas
Tratamiento a gran escala con seguimiento habitual Por ejemplo, publicidad basada en perfiles a gran escala
Categorías especiales de datos a gran escala Datos de salud, origen étnico u otros datos sensibles
Sitio web pequeño sin estos rasgos Normalmente no es obligatorio

Qué hace un DPO

Informa y asesora al responsable y a los encargados sobre sus obligaciones, supervisa el cumplimiento interno de la normativa, coopera con la autoridad de control y actúa como punto de contacto tanto para la AEPD como para las personas cuyos datos se tratan.

¿Debe ser un cargo interno?

No necesariamente. Puede ser un empleado ya contratado con formación adecuada, un DPO externo contratado como servicio, o incluso un DPO compartido entre varias organizaciones pequeñas del mismo grupo o sector.

Nombrar un delegado de protección de datos sin estar obligado

Nombrar un DPO de forma voluntaria, aunque no sea obligatorio para tu sitio web, transmite seriedad y facilita gestionar consultas y solicitudes de derechos de forma centralizada. Una vez nombrado, incluso voluntariamente, debe cumplir las mismas obligaciones que un DPO obligatorio.

Independencia y garantías del cargo

El RGPD exige que el DPO actúe con independencia, sin recibir instrucciones sobre cómo desempeñar sus funciones, y que no pueda ser destituido ni penalizado por ejercerlas correctamente, aunque eso implique señalar incumplimientos internos. Por este motivo, no puede ocupar simultáneamente un puesto que determine los fines y medios del tratamiento, como el de director general o responsable de marketing, ya que entraría en conflicto de intereses con su propia función de supervisión.

Qué comprobar antes de contratar uno externo

Si optas por un DPO externo, comprueba que tiene conocimientos demostrables tanto de la normativa de protección de datos como del sector en el que opera tu sitio web, y que el contrato deja claro el alcance de sus funciones. Un DPO externo mal elegido, sin conocimiento real de cómo funciona tu negocio, puede limitarse a informes genéricos poco útiles en la práctica.

⚠️
Atención. Si nombras un DPO, debes comunicarlo a la AEPD y publicar sus datos de contacto en tu política de privacidad.
💡
En la práctica. Encuentra un ejemplo completo y copiable, adaptado a tu tipo de sitio web, en ejemplos por tipo de sitio.

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